TESTIMONIO: VISTO: El actual sistema de retribuci¢n en concepto de vi ticos del empleado de la comuna de Balcarce, y CONSIDERANDO: Que cuando se efect£a un traslado en ambulancia desde y hacia Balcarce, la responsabilidad de los participantes en el mismo adquiere carac- ter¡sticas diferentes, no contempladas en la legislaci¢n vigente y que casi en el cien por ciento de este tipo de servicios prestados por el Hospital Sub zonal local, sobre todo los de larga distancia son sufragados por el traslada do, POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en - uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: C O M U N I C A C I O N N§ 61/86 ------------------------------------ ARTICULO 1.- Solic¡tase al Departamento Ejecutivo implemente los mecanismos- ------------ administrativos necesarios para incorporar al vi tico de chofe- res y enfermeros que efectuaren traslados de pacientes en ambulancia, el tre- inta y cinco por ciento (35%) en concepto de actividad cr¡tica.-------------- ARTICULO 2.- Comun¡quese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y reg¡stre- ------------ se.------------------------------------------------------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesi¢n Ordi- naria, a los veintis‚is d¡as del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y - seis. FIRMADO: H‚ctor C. Galella - PRESIDENTE - Juan Jos‚ Troya - SECRETARIO.- COMUNICACION N§ 61/86.- -----------------------